loading...

martes, 28 de noviembre de 2017

Como se saca el RIF Sucesoral ante el Seniat

El Registro Único de Información Fiscal (RIF) Sucesoral; es la constancia de que se hizo el pago del impuesto establecido para cada uno de los bienes de una persona natural que haya fallecido, en éste caso denominada "Causante"; y el mismo es obligatorio para disponer de cualquier herencia, asumiendo así la identidad de la sucesión, requisito indispensable para proceder a realizar la Declaración Sucesoral.

La Ley de Impuesto sobre Sucesiones, Donaciones y demás Ramos Conexos (LISDRC), publicada en la Gaceta Oficial N° 5.391 Extraordinario, de fecha 22/10/1999, es el texto legal que rige la materia de sucesiones y donaciones en Venezuela, y al cual se apega el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
El plazo de los familiares para presentar la Declaración Sucesoral, es de ciento ochenta (180) días hábiles, contados una vez iniciada la apertura de la sucesión; es decir, a partir del fallecimiento del causante; tal como lo establece el artículo 27 de la LISDRC.
En éste caso, para obtener el RIF Sucesoral y así consignar los recaudos exigidos para la respectiva declaración, se deberá seguir los siguientes pasos:
1- Ingrese a la página web del SENIAT: www.seniat.gob.ve
2- Seleccione la opción Sistemas en Línea, y haga clic en "Inscripción de RIF".
3- Seleccione el Tipo de Persona: "Sucesión con cédula", o "Sin cédula" según sea el caso.
4- Llenar los datos del causante, haga clic en "Buscar" y luego en la opción "Inscribir Contribuyente".
5- Completar datos del causante y guardar.
6- Llenar los datos del domicilio fiscal del familiar fallecido.
7- Introducir los datos del representante de la sucesión.
8- Llenar los datos de todos los herederos de la sucesión.
9- En la opción "Ver Planilla", imprimir el formulario de inscripción.
Después de haber completado el proceso de inscripción en línea a través del portal web del SENIAT, el representante de la sucesión debe dirigirse con los siguientes recaudos a la Gerencia Regional más cercana a su domicilio fiscal:
• Planilla o formulario de inscripción emitido por el sistema.
• Original y copia del Acta de Defunción.
• Fotocopia de la cédula de identidad del causante.
• Fotocopia de la cédula de identidad de los herederos, con excepción de aquellos que sean menores de edad y que aún no posean cédula de identidad, para lo cual deberán consignar copia de la Partida de Nacimiento.
• En caso de que sea casado, acta de matrimonio.
• Partidas de Nacimiento de los herederos, o cualquier otro documento que pruebe la filiación con respecto al causante.
• Original y copia de un recibo de servicio público (agua, luz, teléfono, entre otros) o cualquier otro documento que avale el domicilio.
• Poder y fotocopia de la cédula de identidad del Representante Legal, siempre y cuando, éste último sea distinto de los herederos.
• Si el trámite es realizado por un tercero, deberá presentar autorización firmada por uno de los herederos y fotocopia de la cédula de identidad de ambos.
Una vez culminado dicho proceso, el contribuyente recibirá su RIF Sucesoral; con el cual podrá continuar los pasos en la consignación de los recaudos que le permitan ejecutar la Declaración Sucesoral.
Al ser assignado el RIF, se debe crear un correo electronico para las sucecion, para asi poder registrase en la pagina del Seniat, completar los datos, y asi colocara una clave, apra poder realizar los tramites siguientes como lo es la decalracion suceral en linea.

No hay comentarios:

Publicar un comentario